El Grupo Popular blindará la caza en Castilla y León

Los populares persiguen asegurar en el tiempo un marco jurídico estable para la realización de la actividad cinegética mediante la constatación por Ley de las especies cinegéticas.

El Grupo Parlamentario Popular promueve el blindaje de la caza mediante la presentación en las Cortes de una Proposición de Ley que traslade a la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León las especies cinegéticas. Hay que recordar que las Cortes de Castilla y León aprobaron el pasado día 19 de diciembre de 2018, con una sola abstención, una Proposición No de Ley considerando la importancia de la caza para los intereses de Castilla y León.

El objetivo principal que persigue el Grupo Popular con la presentación de esta Proposición de Ley es asegurar en el tiempo un marco jurídico estable para la realización de la actividad cinegética mediante la constatación por Ley, en el marco de la normativa europea, nacional y de la Comunidad, de las especies cinegéticas.

El Grupo Popular considera que Castilla y León no puede prescindir de la caza. La caza además de tradición y cultura, es empleo y fijación de población en el medio rural. Más aún la caza es un medio imprescindible para contribuir al control sanitario de la fauna salvaje, y por ende de la sanidad de la cabaña ganadera e indirectamente de las personas. La actividad cinegética resulta imprescindible para reducir riesgos a la seguridad vial. La caza es, además, esencial para el propio control poblacional de las especies y garantía de un buen estado de conservación de las mismas, así como para mantener las especies más vulnerables cuyo hábitat y desarrollo se vería comprometido por la competencia en el medio de una fauna descontrolada.

Por ello, el Grupo Popular considera que la Junta de Castilla y León siempre ha hecho una gestión responsable de sus competencias en materia de caza, limitando el número de ejemplares cazables, en atención a los informes técnicos para asegurar la sostenibilidad de las especies. Una caza responsable y sostenible que se ha mostrado como un instrumento básico al servicio de un control poblacional imprescindible para mantener las poblaciones de fauna silvestre en un estado de conservación favorable.

Con ello se pretende, conforme a lo establecido en las Directivas europeas, traspuestas en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, asentar con rango de Ley las especies definidas como cinegéticas, declarando como tales aquellas que, no encontrándose en ninguno de los supuestos de protección estricta conforme a la normativa comunitaria, estatal y autonómica, y que debido  a sus niveles poblacionales, su distribución geográfica y su índice de reproductividad, puedan soportar una extracción de ejemplares ordenada y controlada administrativamente, así como un régimen complementario de protección de estas especies que garantice que el ejercicio de la caza no comprometa el estado de conservación de las mismas en su área de distribución, en el marco de un Plan General de Caza, en el que se establezcan limitaciones adicionales, que contemplen las peculiaridades comarcales, las medidas necesarias que deriven de  las variaciones climáticas temporales o la evolución local de determinadas especies.